El proyecto de Ley del contenido obsceno

Hace un par de días la noticia que un proyecto de ley (pdf) aprobado en la comisión de justicia del congreso plantea una modificación al artículo 183-B del Código Penal, sancionando penalmente en los medios de comunicación social la publicación de las exhibiciones obscenas y pornografía, ocasionó que se alzaran las banderas de la «Libertad de Prensa» y la «Libertad de expresión«, pero.. ¿es realmente así? veamos la parte principal del texto del proyecto en mención:

Será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de dos años ni mayor de seis años el Director, Editor o responsable de las publicaciones o ediciones, a transmitirse a través de medios de comunicación social, tales como diarios, revistas, afiches, paneles, volantes, radio, televisión, o cualquier otro medio que produzca un efecto de comunicación similar, que publiciten imágenes, mensajes o audios obscenos o pornográficos.

Por supuesto quienes están liderando la oposición a este proyecto de ley son los medios y periodistas, quienes serían los principales afectados. Pero ciertos bloggers, principalmente los que además son periodistas o están ligados a los medios de comunicación, también han opinado en contra de este proyecto. Hay  sin embargo otros bloggers que desde otras áreas lanzan sus opiniones. Por ejemplo, en el blog Blawyer.org, Miguel Morachimo quien se declara en contra del proyecto, publica una serie de puntos que ha identificado como problemas en el proyecto de ley:

  1. El artículo no define lo que se entenderá por obsceno o pornográfico.
  2. Existe un artículo idéntico en la Ley de Radio y Televisión.
  3. La norma no está dirigida a proteger a los menores de edad.
  4. La norma pretende aplicarse a cualquier medio de comunicación.
  5. La norma puede ser utilizada como una herramienta de censura. 

Con una posición a favor del proyecto, Javier Fernández desde su blog Javi270270 ¿Qué pasa? opina lo siguiente:

tengo la impresión que la ley que promueve Belmont se refiere a casos específicos. La verdad es que falta perfeccionarla pero no es mala como concepto. El congreso se ve en la necesidad de regular cuando la «auto regulación» no funciona. … Eso de escudarse que el canal RBC ha dado obscenidades no invalida la corrección que en la actualidad se está planteando. Basta de periódicos obscenos invocando la libertad de expresión. Ellos no me inspiran respeto.

Y con un punto de vista que trata de estar al medio de los anteriores mencionados, el blogger de Zona Cero escribe:

el viejo debate sobre el papel de los medios de comunicación y los riesgos de una hasta hoy no comprobada influencia negativa directa en las actitudes y las conductas de las audiencias. … Así como es válido que la prensa se pregunte quién decidirá qué es pornográfico y obsceno, resulta completamente comprensible que la ciudadanía se pregunte: ¿Y quién define qué es autorregulación? No del todo libres de ingenuidad, algunos periodistas creen que la autorregulación se logrará con ayuda de los anunciantes. Como si la lógica del mercadeo pudiera desprenderse, aunque sea en forma temporal, de la dictadura del rating, los estudios de audiencia y los índices de lectoría.

Por supuesto en Facebook ya hay una página al respecto: Ricardo Belmont apesta!. Pero es en los comentarios a los artículos publicados en los diarios limeños donde se expresan opiniones como las que usted le oiría a su compañero de trabajo o al amigo del barrio, veamos como ejemplo algunos de los comentarios hechos a este artículo aparecido en el diario La República:

– ¿Se autoregulan los noticieros de televisión que pasan sólo noticias policiales y de farándula cuando hay tantos temas que son de interpés y nunca tratan? ¿se autoregulan los programas cómicos que se burlan de los negros, los cholos, los homosexuales y los minusválidos? ¿se autoregulan los periódicos que hacen lo mismo?

– Me disgusta mucho la prensa sensacionalista y la vulgaridad rampante de muchos medios de comunicación; sin embargo, nada justifica este proyecto de ley (que aunque haya tenido buenos propósitos está pésimamente redactado) demasiado general y que deja un amplio campo de acción para que los jueces (y estamos llenos de malos jueces) apliquen el concepto de obscenidad y pornográfico a tantas cosas vulnerando de esa manera el derecho a la libertad de opinión y de expresión. No creo que pase al final, pero dice mucho de la calidad de nuestros representantes.

– Mal las portadas de los diarios que vemos todos los dias en los puestos de periódicos y esos no se compran, se miran gratuitamente malogrando la mente de menores que no han recibido ninguna orientación sexual en sus casas, me refiero a los sectores C, D y E que son la mayoría y lo peor es que no aportan nada a la educación y la formación de los peruanos.

Lo mismo se puede apreciar en otros artículos y noticias publicados en distintos medios. En todo caso hay que recordar que se trata de un proyecto de ley, que todavía tiene que seguir su trámite para que pueda ser aprobado o no. Y que ya el Premier ha adelantado que de ser aprobado el ejecutivo lo observaría. Pero seguro se estará escribiendo más sobre este asunto en los días siguientes.

Otros posts sobre el tema:

Más Perú: Congresistas consideran obscenos los bailes eróticos y las groserías
Fuera de foco: Las malcriadas tienen los días contados… gracias al Congreso
Lima Norte: Una Ley muy obscena
Testigo Directo Noticias: Sancionarán con prisión a directores por publicaciones “obscenas
[::: ENSARTES ::::]: Proyecto del “hermanón” cuestionado
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La imagen de este post ha sido obtenida del blog Javi270270 ¿Qué pasa?.

1 comentario en “El proyecto de Ley del contenido obsceno

  1. blueandtanit

    Ay don Juan, estos curitas como siempre, molestando la vida.

    Lo cierto es que el proyecto de ley si esta mal redactado y puede no ser tan de buena fé y bastante subjetivo.

    Saludos!

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