La ley de prohibición del uso de animales salvajes en los circos ¿fue promulgada?

Los medios locales informan hoy que la prohibición del uso de animales salvajes en los circos ha sido aprobada en el Congreso de Perú y promulgada por el presidente Alan García. La organización Animal Defenders International, ADI, celebra ya la dación de la ley. Sin embargo en la página de seguimiento legislativo del Congreso el expediente sigue en trámite, siendo su más reciente actualización del mes de abril. El servicio de prensa del Congreso tampoco menciona nada en sus últimas publicaciones. En El Peruano tampoco he visto nada. Ni siquiera Andina ha publicado algo al respecto, teniendo como más reciente referente una nota de octubre del año pasado. Ante esto hay varias probabilidades, o los responsables de la web del congreso están demorando mucho en actualizar los estados de los expedientes, o la ley no ha sido aprobada por el congreso, o Alan García ha promulgado una ley sin que el congreso la aprobara. Esto sin mencionar la más o menos reciente costumbre de algunos medios de rebotar notas de internet sin comprobar. Actualización: Finalmente con ayuda de un lector miembro de ADI y el blogger JC Luján, se determinó que la disposición en cuestión era la 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Esta norma, aprobada previamente por el Pleno del Congreso el 16 de junio, apareció en el Diario Oficial El Peruano el 22 de julio. La confusión venía por que la prohibición es sólo un acápite de una ley mayor que consta de 157 artículos. Igual creo que el expediente web del congreo debería  hacer referencia a eso, y las notas de los medios locales deberían tener un valor agregado y no tan sólo transcribir lo que ponen otras fuentes.

7 comentarios en “La ley de prohibición del uso de animales salvajes en los circos ¿fue promulgada?

  1. Pingback: Seis formas de enterarse de los dispositivos legales en el Perú | SinPapel.pe Comunicación Digital

  2. Juan Pablo

    Hola. La prohibicion de animales silvestres en circos en Peru SI fue promulgada por el ejecutivo el pasado 21 de julio. Usted hace referencia al PL 1917/2382, los cuales quedaron en agenda priorizada del pleno del congreso. Sin embargo, el texto de prohibicion de animales silvestres en circos fue incluido en otra ley, la cual fue proulgada el pasado 21 de julio. Le Pido POR FAVOR correjir la informacion. Estare atento para aclarar cualquier duda. Saludos. Juan Pablo Olmos.

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  3. Juan Carlos Luján

    Juan Pablo. Sería bueno que precises el número de esa ley que indicas. Asumo que no vives en Perú. De lo contrario sabrías que aquí toda norma o dispositivo legal se publica en el Sistema Jurídico de Normas Legales (diario El Peruano).
    El 21 de julio no apareció nada de lo que mencionas. Tampoco en días previos. Te invito a verificar la información ingresando a este sitio web y haciendo luego clic sobre la opción 21 de julio. Ahí aparecen todas las normas publicadas aquel día. No hay nada sobre prohibición de animales silvestres en circos.
    http://www.asesorempresarial.com/web/normasl.php

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  4. Juan Pablo

    Hola Juan Carlos. No soy peruano, pero si conozco los procesos para la aprobación de una ley. Te pido revises la pagina 447002 publicada en el diario oficial El Peruano del viernes 22 de julio de 2011. El texto que vas a encontrar dice: Se prohíbe la exhibición y empleo de especímenes de fauna silvestres, nativas y exóticas en espectáculos circenses itinerantes. Espero haber resuelto tu pregunta y te pido corrijas tu información. Muchas Gracias y Felicitaciones a Perú por ser el Segundo país en Sur América en adoptar esta medida, luego de Bolivia, quien en la prohibición incluyo animales silvestres y domésticos. Lastimosamente en Perú, por responsabilidad de un circo que utiliza caballos en su espectáculo, no pudimos incluir los domésticos. Esperamos en el próximo congreso ampliar la prohibición.

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  5. Maria del Carmen

    Yo tambien he tenido dificultad en encontrar la publicacion de la ley en el Diario Oficial El Peruano. Aunque el comentario del Dr. Juan Pablo me facilita una nueva busqueda, tengo algunas dudas acerca de la reglamentacon que habra de seguir.

    Quisiera hacer una consulta al respecto, he recibido noticias de que se ha instalado un circo itinerante con leones (y seguramente otros animales salvajes) en Puerto Maldonado, que se puede hacer al respecto?.

    La ley cobra vigencia desde el dia siguiente de su publicacion, pero vemos como esos animales siguen siendo vejados hoy 25 Julio…
    Dres., les pido si es posible me den alguna orientacion para a su vez comunicarles a los animalistas que han publicado esa informacion, mi correo es: made_csv@hotmail.com

    Este Blog me ha resultado sumamente interesante, voy a seguirlo. Espero su informacion, muchas gracias

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  6. Juan Arellano Autor

    Incluyo esta actualización en el post y como comentario acá: Actualización: Finalmente con ayuda de un lector miembro de ADI y el blogger JC Luján, se determinó que la disposición en cuestión era la 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Esta norma, aprobada previamente por el Pleno del Congreso el 16 de junio, apareció en el Diario Oficial El Peruano el 22 de julio. La confusión venía por que la prohibición es sólo un acápite de una ley mayor que consta de 157 artículos. Igual creo que el expediente web del congreo debería hacer referencia a eso, y las notas de los medios locales deberían tener un valor agregado y no tan sólo transcribir lo que ponen otras fuentes.

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